El derecho a decidir de los españoles

Joan Garcés

21/05/2016

Siete veces repitió el propósito de “construir la independencia de Cataluña” un experimentado portavoz en la tribuna del Congreso de los Diputados el 2 de marzo de 2016. La palabra ley no estaba entre las 3.498 de su intervención. Dio la impresión de que estimaba improbable articular su propuesta con un “Tribunal Constitucional corrompido en sus funciones, vendido —digo vendido— a los grandes partidos políticos y que dio lugar a una sentencia-golpe de Estado contra el Estatut; por cierto, sentencia-golpe de Estado”. Apelaba a la legitimidad democrática: “Vamos a asumir las responsabilidades que emanan de la democracia y del compromiso adquirido con los ciudadanos con todas sus consecuencias. Repito solemnemente: con todas sus consecuencias. Para ustedes es muy fácil negar el derecho a la autodeterminación si esa negación es aceptada con resignación, pero no será así. Cuando esta negación les obligue a encausar y a inhabilitar, la situación cambiará radicalmente. Usted no podrá actuar —ni usted, ni usted, ni usted [señalaba al candidato del PSOE a Presidente del Gobierno, al del Gobierno del PP en funciones, al de Ciudadanos]— contra un pueblo democrático e indefenso”, ni “el concierto internacional de las democracias ni la ciudadanía española lo permitirían”.

¿Era esta conclusión el resultado de un análisis de la realidad o una profesión de fe? Reflexiónese.

En primer lugar, esta contraposición entre legitimidad democrática y legalidad estatal sigue a las restricciones de libertades cívicas impuestas por los gobiernos del Partido Popular, del incremento de las sanciones administrativas y la disminución de la tutela judicial en la Ley de seguridad ciudadana conocida como “ley mordaza”, entre otras; después que la ley orgánica del 16 de octubre de 2015 haya convertido a un Tribunal Constitucional -cuyos integrantes, a diferencia de los jueces, tienen inmunidad absoluta, no están subordinados a la ley ni son independientes ni responden ante ninguna representación de la soberanía popular- en una institución que puede dar órdenes discrecionalmente a todos los poderes públicos, imponer sanciones directas a cualquier autoridad o ciudadano, antes de oír a las partes y sin apelación posible, en una especie de poder de excepción fuera de control de los Poderes representativos de la soberanía popular, de cuya peligrosidad advirtió quien fuera miembro del Tribunal Constitucional y Presidente del Consejo de Estado, el profesor Rubio Llorente: “idea lamentable y mala para el Tribunal y España", “es segura su capacidad para echar sobre el Tribunal Constitucional una carga política que terminará por aplastarlo, un día de luto para quienes quisimos librarlo del triste destino del Tribunal de Garantías Constitucionales de la Segunda República, cuya destrucción contribuyó no poco a la de ésta".

El gobierno del Partido Popular ha establecido instrumentos más conformes con algunos de los principios del derecho franquista de inspiración nazi que con los de separación de poderes (el derecho penal de la Alemania nacionalsocialista no admitía el control judicial de las sanciones administrativas).

En segundo lugar, apenas un mes antes de esta intervención en el Congreso, el 6 de enero de 2016 el Ministro de Defensa sostenía ante el rey y los mandos militares que la “unidad nacional” reposa en “las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil (…), herramienta leal y eficaz del Gobierno (…) que sostiene nuestra unidad nacional (…)”. Apuntar la misión de la fuerza armada hacia el seno de la “nación” (en su caso, contra ella o parte de ella), no encuentra paralelo en otro Estado de la Unión Europea (UE). Tampoco en la Constitución española de 1978 cuando le confía la defensa de la soberanía e independencia de España, su integridad territorial y el ordenamiento constitucional, habida cuenta de la historia: en 1823 cuerpos de ejército de la Santa Alianza europea y en 1936 de Alemania e Italia ayudaron a derrocar los gobiernos constitucionales de España; en 1810 Francia proyectaba anexionarse Aragón y Cataluña, y en 1714 acabó con ocho siglos de la Corona de Aragón, destruyó la estructura confederal de la Monarquía Hispánica y repartió sus territorios.

Desde que el 27 de septiembre de 1936 militares sublevados proclamaron a Francisco Franco “generalísimo” y horas después “jefe del gobierno del Estado Español”, el mando supremo de las Fuerzas Armadas se transmite al margen de la soberanía popular, de la representación nacional y de la Constitución en vigor -en 1936 de su art. 72 -“el Presidente de la República prometerá ante las Cortes, solemnemente reunidas, fidelidad a la República y a la Constitución. Prestada esta promesa, se considerará iniciado el nuevo período presidencial”, en 2014 de los arts. 1(2), 66(1), 62(h).

El paralelismo es elocuente. El mismo día de 1975 en que la jefatura de las FF.AA. quedó vacante por fallecimiento, de acuerdo con las órdenes dadas por el dictador se publicaron dos decretos, el nº 16/1975 promoviendo “al empleo de Capitán General de los Ejércitos (…) a S.A.R. D. Juan Carlos de Borbón, (…)”- y el nº 17/1975 convocando el Pleno de las Cortes a proclamar rey horas después al ya Capitán General (BOE 20-11-1975). La misma secuencia sucesoria se repitió después que a las 0.00 horas del 19 de junio de 2014 entrara en vigor la Ley Orgánica de abdicación de Juan Carlos y, vacante la jefatura del Estado y de las FF.AA., los medios transmitieron en directo que ante los jefes militares y de la Guardia Civil “don Juan Carlos va a imponer a S.M. el Rey don Felipe VI la faja de Capitán General”. Horas después las tropas le rendían los honores de ordenanza y el nuevo Capitán General entraba en las Cortes a que proclamaran, al igual que en 1975, lo que en su origen y por su ejercicio era ya una realidad. Si la Corona, las Cortes, el gobierno y los poderes constituidos hubieran querido simbolizar que hoy la soberanía nacional es efectiva y que en las Cortes está residenciada la representación del pueblo español, el símbolo del mando supremo debería haber sido impuesto después de asumida la Jefatura del Estado, como ocurre en los países donde los ejércitos son “de la nación”, no los “del rey” del Antiguo Régimen o los “de Franco” después del 1 de abril de 1939.

En tercer lugar, ¿cuán realista es la protección “del concierto internacional de las democracias”? Poco puede proteger frente a actos de abuso de derecho que limiten la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio, el secreto de las comunicaciones, de elegir residencia y domicilio o entrar y salir de España, de expresión y difusión de pensamientos, de ideas y opiniones, a comunicar y recibir información, al no secuestro de publicaciones, de reunión pacífica, a la huelga, a medidas de conflicto colectivo, pues ya el gobierno de Adolfo Suárez, el primero del postfranquismo, se cuidó en 1979 de subordinar a la ley española la protección que el Convenio europeo de Derechos Humanos ofrece de estos y otros derechos al formular una reserva a sus artículos 15 y 17. Reserva hoy en vigor que mantiene a España en un nivel de protección inferior al de Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Italia, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Rusia, Suiza y otros veinticinco Estados parte del Convenio, y ayuda a comprender el potencial alcance del estado de excepción, fuera de control de la representación popular, sin límite legal o temporal, que atribuido al Tribunal Constitucional en la referida Ley Orgánica de 17 de octubre de 2015. "Tenemos más instrumentos que nunca", dijo Mariano Rajoy a los catalanes en su alocución televisada del 10 de enero de 2016.

Cierto es, como ya en 2014 había estimado el Spain Defence & Security Report del experimentado Business Monitor International en sus proyecciones para el año 2018, que España “tiene la fortuna de hallarse en una zona geopolíticamente pacífica… [por lo que] es improbable que se enrede en cualquier gran conflicto internacional. España no se enfrenta a ninguna amenaza estratégica grave en su entorno inmediato. La única manera de que el país pueda verse enredado en una situación semejante sería por la vía de desplegar fuerzas militares más allá de sus fronteras como parte de una fuerza dirigida por la UE o la OTAN en respuesta a una crisis internacional” (página 48). Pero, ¿no nos conducen a ese enredo los gobiernos del Partido Popular y del PSOE al participar en agresiones a Estados de Asia, en la desintegración de otro en el centro del Mediterráneo en 2011, cediendo soberanía en la base naval de Rota para instalar un escudo antimisiles que Rusia considera una amenaza directa, la base de Morón a las fuerzas de intervención de EE.UU. en el Mediterráneo, África, Asia? ¿Cuánto queda por ofrecer al hegemón a cambio de un reconocimiento diplomático, después que el PSOE y el PP consintieran en 2011 incluso reformar la Constitución para subordinar los recursos de la entera España al pago de la creciente deuda externa que desde entonces han más que duplicado?

Es público y manifiesto lo que “el concierto internacional de las democracias” ha logrado en nuestro Mediterráneo después que en 1990 terminaran “la guerra fría” y la URSS: una suerte de protectorado dentro de la Unión Europea sobre los griegos, desintegrar Yugoslavia con sus tragedias subsiguientes, más de cinco años de guerra civil en Siria, masacres repetidas de palestinos y cohetes y piedras sobre los israelíes, dictaduras militares sobre los egipcios, disolver política, social y económicamente a los libios, catástrofes humanitarias masivas, centenares de miles de muertos y heridos, millones de fugitivos.

En cuarto lugar, no es menos cierto que el cuestionamiento de la continuidad del Estado actual respecto del de la dictadura está instalado en el conjunto de la sociedad, aparece en forma difusa en los cambios en la Constitución que se evocan aquí o allá. Pero en 2016 también es cierto que el gobierno del partido unido de las derechas se ha negado a someterse al control del Parlamento, convirtiendo en letra muerta la Constitución también en lo relativo a que las Cámaras pueden reclamar la presencia de los miembros del Gobierno; el Gobierno y cada uno de sus miembros están sometidos a las interpelaciones y preguntas que se le formulen en las Cámaras (artículos 110 y 111).

Los ciudadanos españoles

La apelación que hacía el diputado por Barcelona a la ciudadanía española asume, y está en lo correcto, que el sentimiento de identidad de una comunidad política depende de su relato constitutivo, de la memoria histórica que le explica lo que es y por qué. Los sucesores de la dictadura han tratado de borrar la memoria democrática colectiva, repiten que la democracia nos la trajeron en 1977… Privados de instrumentos fiscales, monetarios, presupuestarios para sostener las expectativas de bienestar presente y futuro de los ciudadanos, de defensa en suma, están en manos de centros exógenos y de fetichismos -como el del euro- que exacerban las desigualdades dentro de los Estados y entre ellos. También la impaciencia de quienes esperan escapar de los estragos sociales consiguientes, así sea por la vía de la secesión.

En propiedad, cuando un Estado ha interrumpido su relato constitutivo la memoria histórica se reduce a lo local, confirmaba el estudio de Rogers Smith 7. Desde que la Carta de la Naciones Unidas proclamara el derecho de autodeterminación “de los pueblos” (art. 1.2), todas las resoluciones de la ONU insisten en el debido respeto de la integridad territorial a fin de evitar desestabilizaciones, antagonismos fratricidas y ser “despedazados” por otros Estados. Sin embargo, uno de los legados que ha dejado el III Imperio alemán (1933-1945) es el derecho de autodeterminación de la “nación” en sentido racial, mítico o constitutivo, no tanto el del “territorio” donde esta se encuentra. Sostenida en algunos círculos de Croacia, esa doctrina ha alimentado el terrible conflicto de Bosnia-Herzegovina y, a pesar de ello, ha sido introducida en los acuerdos de Dayton de 1995.

También es real la crisis de legitimidad y moral de las instituciones políticas, sociales y económicas de la Corona española. Como ha ocurrido desde el siglo XVI, cuando las condiciones se dan es a la postre una decisión política de otros Estados la que reconoce la secesión de otra parte de la Corona. Por complejo y enrevesado que parezca un proceso semejante en la Unión Europea, el análisis que presentó al Parlamento británico el Secretario de Estado para Escocia en 2013 llegaba a una conclusión que trasciende el caso de la posible escisión de ésta del Reino Unido: “en la práctica, el mecanismo para convertirse en un Estado Miembro de la UE más que de una cuestión meramente legal dependería del resultado de negociaciones y de la actitud de otras instituciones de la UE y otros Estados miembros. El tiempo y - más importante - el resultado de esas negociaciones, sencillamente no se puede predecir ahora”.

A mayor vaciamiento de contenido substancial de la soberanía popular y nacional mayor tendencia a incrementar la violencia jurídica. Sin embargo, es más bien la soberanía efectivamente compartida, la igualdad y la participación democrática de los ciudadanos lo que fortalece el sentimiento colectivo de pertenencia a una nación; la represión desintegra.

La libre determinación de los españoles requerirá concordar la ley local, la europea y la internacional con la voluntad soberana de los ciudadanos. Aunque deliberadamente muy restringidos, algunos medios existen en la Constitución si el Congreso deroga las normas que cual espada de Damocles amenazan la democracia, el gobierno abre ordenadamente un proceso en el que los pueblos de España decidan en referéndum, sin injerencias exteriores, la estructura territorial del Estado, la forma de gobierno representativo más conforme a su proyecto de futuro, las grandes opciones estratégicas de las que dependen la paz y el bienestar colectivos, sin circunscribir ese derecho a un pueblo desconociendo el igual derecho de los demás.

En conformidad con el derecho internacional - respeto de la integridad territorial, de la unidad e independencia política- todos los ciudadanos son colectivamente titulares del derecho de autodeterminación, el gobierno debe invitarles a pronunciarse en referéndum de manera serena e informada sobre las grandes cuestiones políticas y económicas que, en las presentes circunstancias internas e internacionales, afectan al presente y futuro del conjunto del Estado español –incluido el uso que se hace de sus recursos geoestratégicos y culturales para agredir a otros Estados. Sin perjuicio de que, de modo simultáneo o sucesivo, como es habitual en Suiza y otros países democráticos, se pronuncien los ciudadanos de Cataluña, u otra parte, sobre las cuestiones que les son más específicas.

jurista y politólogo, asesor del Presidente Salvador Allende, es autor entre otros de Soberanos e Intervenidos.
Fuente:
http://www.eldiario.es/tribunaabierta/derecho-decidir-espanoles_6_517658246.html

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