¿Estado plurinacional?

José Errejón Villacieros

06/09/2017

 

En su artículo del pasado 8 de agosto en El País, Carmelo Tajadura afirma que España no puede ser un Estado plurinacional porque como Estado democrático es un Estado de ciudadanos y no de naciones. Y a continuación descalifica la pretensión de considerar a las naciones como elementos constitutivos del Estado. Y para ello acusa a los defensores de la plurinacionalidad de sacar del desván de la historia uno de los artilugios del pensamiento reaccionario, la noción romántica de nación que él opone a la noción cívica compuesta por ciudadanos libres e iguales en derechos.

Estoy de acuerdo con él, las naciones no pueden ser elementos constitutivos del Estado. O, mejor, el Estado disuelve la sustancia comunitaria de la nación. Tiene razón Tajadura en mostrar la incompatibilidad entre el hecho nación y el Estado, porque el Estado expropia a la comunidad su capacidad de construcción autodeterminada de relaciones comunicativas y cooperativas, sustituyéndolas por las frías relaciones de mercado y la gestión burocrática de los asuntos públicos.

Pero cuando se refiere a la “definición romántica de nación, definida por elementos culturales y sentimentales” que habría “sido siempre combatida por la izquierda consecuente preocupada por la igualdad y construir Estados (más que naciones) de ciudadanos libres” comete un error grosero con la simple realidad histórica. Esos sentimientos que él desdeña como residuos románticos son los que explican los levantamientos de mayo del 1808, sentimientos de comunidad, de lengua, de cultura, de gente libre y que aspira a ser libre, sin que esa libertad esté consagrada por Estado alguno.

La nación, originariamente, es un hecho de insubordinación contra los poderes del Antiguo Régimen, en los que se expresa unas vivencias compartidas, un deseo de vivir juntos y una voluntad de independencia frente a poderes papales o imperiales. Que la nación ─o, mejor, desde el sentimiento nacional─ se haya procedido a la tarea de construir un Estado ─es decir, un territorio limitado por unas fronteras, una población sometida a la disciplina y jurisdicción de ese Estado, y un mercado nacional regido por la lógica de acumulación del capital─ no puede implicar que el “hecho nacional” se agote en el alumbramiento del Estado[1].

Pero volvamos al curso del texto de Tajadura. Cuando afirma con rotundidad que el “Estado federal es incompatible con la lógica de la plurinacionalidad. Está basado en la igualdad sustancial de los entes que lo componen mientras que el Estado plurinacional presupone la desigualdad”, de nuevo falta a la verdad, no sé si de forma consciente o por desconocimiento. El Estado federal tiene su origen en un pacto entre territorios que se reconocen igual capacidad jurídica: este es el verdadero fundamento de la fundación del Estado, su hecho constituyente. Es ese carácter paccionado el que la derecha española y una parte del PSOE no han querido admitir y les llevó al golpe de Estado institucional del 2010 contra la libre decisión adoptada por el pueblo de Cataluña y consagrada por las Cortes como ley Orgánica y refrendada finalmente por ese mismo pueblo. Ese carácter paccionado que está consagrado en la Constitución del 78 (es verdad que de forma harto tímida) es el que la derecha reaccionaria nunca ha querido admitir, agarrándose a la perversa definición de España contenida en el artículo 2º e impuesta por el anterior rey ─recuérdese, heredero de Franco en la Jefatura de las Fuerzas Armadas─.

Y es el que ahora, disfrazado de “Estado de los ciudadanos libres e iguales” se quiere enfrentar a la voluntad de un pueblo que se ha sentido traicionado en el cumplimiento del pacto en virtud del cual y a título transitorio, aceptó apoyar las instituciones del régimen del 78. Lo que no quieren entender estos “ciudadanistas” es que una parte del pueblo catalán, la más activa, desea escoger cómo y en qué forma ejercer sus derechos y responsabilidades ciudadanas. Así que en vano se enfrenta ciudadanía a derecho de los pueblos al autogobierno, ambos rasgos esenciales de la democracia.

Pretender oponer ahora el Estado de ciudadanos  “al Estado de naciones” es hacer trampas y no especialmente sutiles. La historia no se puede reinventar a gusto del columnista: la “(re)fundación” del Estado por la Constitución del 78 se hizo descansando en algunos fundamentos que superaban los que habían cimentado el “Estado del 18 de julio”. Fundamentos paccionados entre los representantes de la legitimidad franquista en el ejercicio del poder y los representantes de la constelación de legitimidades en construcción que podían aportar al “nuevo Estado” una fuente de legitimidad superadora de las anteriores, la que provenía del acuerdo y el consenso de las personas y los pueblos hasta entonces sometidos al Estado español.

Es esa condición paccionada la que la derecha política nunca ha querido reconocer como principio inspirador de la Constitución del 78. Y, todo hay que decirlo, lo que ha abierto la crisis ya irreparable en la que se ha sumido el régimen. En este contexto caracterizado, además, por el proceso de cesión de soberanía a la UE inaugurado en 1986, resultan poco menos que bochornosas las apelaciones a la soberanía que realizan los defensores de la unidad de España y la “igualdad de los ciudadanos españoles”. En términos jurídico-políticos lo menos que podemos decir es que vivimos en un tiempo de soberanías compartidas; y, sin exagerar el criticismo, constatar que este concepto de la soberanía está muy descafeinado por los imperativos de los mercados financieros sobre los Estados, especialmente aquellos que crecen en las crueles condiciones establecidas para mejorar su “sostenibilidad financiera” (para pagar los intereses de la deuda). Si siempre hubo dudas acerca de la dedicación por el Estado al servicio de los “intereses generales”, en la época de la financiarización estas dudas se acrecientan cuando se percibe la forma en la que se establecen las prioridades de las políticas estatales. Simplemente recordar los niveles de endeudamiento alcanzados por el sector público Estado español, para reflotar las entidades financieras en quiebra técnica, permite entender algo acerca de estas prioridades. La reforma del artículo 135 de la CE, orquestada en agosto de 2011 con “agosticidad y alevosía” es la mejor expresión de la soberanía del capital financiero sobre los Estados. Ante ellas la evocación del concepto de soberanía para el “Estado de la Constitución” solo sirve para mantener alta y dispuesta la moral y la ideología de los aparatos coercitivos del Estado, por si fuera necesario su concurso en aplicación de la encomienda que dicha Constitución hace en su favor en el artículo 8º de la misma.

Si con soberanía se quiere hacer alusión al origen de la misma, teóricamente residente en el pueblo, sería acaso preciso, antes de nada, dejar que el pueblo se reconociera como tal. Ese hecho originario, el autorreconocimiento de un pueblo como origen y fundamento de la construcción del acuerdo político, es lo que a estos “demócratas estatistas” se les suele olvidar. Y cuando, por los motivos históricos que sean, una parte de la población sometida a un Estado decide iniciar este proceso de autorreconocimiento (en teoría el hecho esencial de la democracia), entonces se excitan, en nombre de la soberanía y los “derechos del resto de la población”, exigen la utilización de cuantos mecanismos punitivos del Estado sea necesario para acabar con tal pretensión descalificada como revuelta, si no como sedición, contra el orden constitucional.

Cuando las decisiones fundamentales sobre los asuntos públicos están fuertemente determinadas por los criterios dominantes en los mercados financieros, la invocación de la soberanía del Estado español no pasa de ser, así, un mero argumento retórico, una argucia de finalidad esencialmente represiva contra los deseos de autodeterminación de un pueblo en construcción.

Es difícil vaticinar a estas alturas cuál será el porvenir del Estado en este país de países que llamamos España. La disyuntiva, en todo caso, parece nítida: o enroque constitucionalista o apertura democrática; o el Estado se refuerza frente a una población de individuos aislados (esos cuyos derechos se invocan de forma oportunista para oponerlos a los pueblos en construcción) sobre los que se ejercen potestades disciplinarias y de control ─funcionales a la dominación de las oligarquías financieras y políticas coaligadas─, o se refunda en un proceso ininterrumpido de prácticas constituyentes para la convivencia en el que el lugar del poder aparece como un lugar vacío e interinamente ocupado por mandatarios sometidos a todo tipo de controles fiduciarios: revocabilidad, transparencia, rendición de cuentas, limitación de mandatos, etc.

Creo que los procesos de construcción popular hoy en marcha pueden escoger la segunda opción y así inaugurar una perspectiva distinta en la historia de los pueblos de España y de Europa.

Daniel Innerarity, en El País del 26/8/17 advierte que “(…) la democracia no es una serie de big bangs constituyentes, que no debe ser solo democracia electoral”. Innegable que en el funcionamiento de los Estados existen ámbitos cuya naturaleza y funciones les hacen poco aptos para la supervisión cotidiana de la ciudadanía. La cuestión es saber si su existencia puede amparar la de otros ámbitos, estos inequívocamente de poder, cuyo control de las decisiones públicas nos convierte a todos en espectadores pasivos de la gestión de nuestro destino colectivo.

Ese y no el de la plurinacionalidad, es el gran reto al que nos enfrentamos los pueblos y los ciudadanos que cada vez lo somos menos.

 


[1] La trampa de los estatistas consiste en ocultar que en esa producción del Estado, una nación se impone a otras, que la única nación que es tomada en consideración, es aquella en el nombre de la cual las clases dominantes utilizan para la construcción de Estado.

 

Administrador Civil del Estado
Fuente:
www.sinpermiso.info, 10-9-17

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