La propuesta de la Renta Básica de Ciudadanía

María Julia Bertomeu

Antoni Domènech

Daniel Raventós

08/07/2005

De ella podría decirse, remedando libremente a Bertolt Brecht: “Es razonable, para todos comprensible. Es sencilla./ Vos no sos un explotador, la podés entender./ Es buena para vos, informate./ Los necios la llaman necia, y los sucios, sucia./ Va contra la suciedad y la necedad./ No es una tontería, sino,/ acaso, el final de mucha tontería./ Es lo fácil,/ que siempre es difícil”

La propuesta de un Ingreso Ciudadano o Renta Básica de ciudadanía (RB), que comenzó siendo una respetable idea académica, ha salido en los últimos años de las aulas. Y de manera espectacular. Una muchedumbre de partidos políticos, organizaciones sindicales, movimientos y foros sociales han ido, de uno u otro modo, tomándola en consideración (1) . El caso es que la propuesta de la RB está ya expresamente incluida, por ahora sólo retóricamente, en los objetivos programáticos declarados de gobiernos y países tan distintos como el de Lula en Brasil y el del tripartito de izquierda en Cataluña.

Aquí expondremos las características generales de la RB que ayudan a despejar las confusiones más habituales; esbozaremos algún ejemplo de cómo podría ser financiada; y apuntaremos brevemente a su justificación normativa y a su oportunidad política en el mundo actual.

La definición y las confusiones

La propuesta de la RB ha sido definida de formas no exactamente iguales, pero de entre ellas hay una que difícilmente puede ofrecer dudas. Es la siguiente: la RB es un ingreso pagado por el estado a cada miembro de pleno derecho de la sociedad o residente, incluso si no quiere trabajar de forma remunerada, sin tomar en consideración si es rico o pobre, o dicho de otra forma, independientemente de cuáles puedan ser las otras posibles fuentes de renta, y sin importar con quién conviva.

No se trata pues de subvención, subsidio o seguro condicionado alguno. Ni presupone la satisfacción de algún requisito, como, por ejemplo, demostrar un determinado estado de pobreza, estar buscando trabajo remunerado, haber perdido (por la circunstancia que sea) el empleo. Esta característica tan distintiva de la RB, la de no estar condicionada a requisito alguno, sino al de la ciudadanía o residencia acreditada, la distingue de forma neta, por poner solamente algunos ejemplos, del subsidio de paro, de los subsidios agrarios, de los programas como “jefes y jefas de familia”, etc.

Aunque la definición ofrecida es clara y distinta, no ha logrado evitar que a lo largo de estos últimos años se hayan producido dos tipos de confusiones. El primer tipo de enredo lo ha provocado el hecho de que bajo diferentes denominaciones, diversos autores han querido referirse a lo mismo (2) . El segundo tipo de confusión es precisamente el contrario: que bajo la misma denominación se han querido expresar a menudo conceptos muy diferentes.

Los subsidios condicionados no son la Renta Básica

Algunos piensan que la característica de universalidad de la RB no es justificable y siguen defendiendo los subsidios dirigidos a los que “más lo necesitan”. Si bien después se entrará en otras razones, véase ahora las ventajas que presenta la RB con respecto a los subsidios condicionados dirigidos a los “más pobres”.

1) La RB permite, en primer lugar, en la medida en que constituye una asignación incondicional, garantizada, sortear los elevados costes asociados al examen de recursos que cualquier subsidio condicionado exige; la simplificación administrativa que con la RB se alcanza puede ser crucial con vistas a una efectiva racionalización de las políticas sociales y de redistribución de la riqueza.

2) El hecho de que la RB se garantice ex-ante, la convierte en una medida esencialmente preventiva de la exclusión.

3) A diferencia de los subsidios condicionados, la RB no constituye un techo, sino que define sólo un nivel básico, a partir del cual las personas pueden acumular cualquier otro ingreso.

4) La RB permite eludir la llamada trampa de la pobreza, la cual aparece cuando la percepción de los beneficios, fiscales o de otro tipo, se halla condicionada a la verificación, por parte de las autoridades, de la suficiencia de los ingresos recibidos dentro del mercado laboral.

5) La incondicionalidad de la RB trae consigo también la promesa de erradicar o mitigar diversos modos asistenciales fundados en el clientelismo, y en los diversos y nocivos efectos conocidos de éste: formación de una burocracia parasitaria, formal o informal; robustecimiento de las relaciones de dependencia; desorganización de la vida política autónoma de los estratos más pobres o necesitados de la población.

6) Y aun hay que decir, finalmente, que la RB permite evitar los daños psicológicos y morales vinculados a la estigmatización social del perceptor de un subsidio condicionado.

La financiación

De la implantación de la RB podrían verosímilmente esperarse todas esas bondades, y aun otras más indirectas, como la previsible remodelación del mercado de trabajo a favor de las condiciones de negociación salarial de los trabajadores ocupados en empleos más precarios o menos gratificantes. Pero ¿es financiable? La respuesta a esta pregunta ha ido perfilándose con cada vez mayor precisión, señaladamente en los últimos 2 o 3 años. Si bien ha habido formas muy diferentes de abordar la financiación (redistribución del gasto público, impuestos especiales…), la modalidad que por poderosas razones está imponiéndose entre los estudiosos económicos de la RB es la que incluye una reforma de los impuestos sobre la renta. Como ejemplo mas reciente, expondremos muy resumidamente un estudio realizado a partir de una gran muestra (210.000 declaraciones del impuesto de la renta de las personas físicas) de Cataluña (3) .

Esta base de datos permite un conocimiento exhaustivo de los rendimientos netos, susceptibles de ser grabados fiscalmente. Las principales características de la propuesta son: 1) se trata de una RB universal pagada directamente a cada individuo de forma incondicional; 2) la RB reemplaza cualquier otro tipo de renta o pensión pública de cantidad inferior (en el caso de que la antigua percepción sea más alta, la RB se complementaría hasta llegar a la citada percepción); 3) La cantidad anual es de 5.414,4 euros por adulto y de 2.707,2 euros (4) para los menores de 18 años; 4) Se establece un tipo único del 57,5% para todas aquellas renta superiores a la RB, la cual está completamente exenta de impuestos. Este 57,5% nominal es un tipo real muy distinto según el decil de renta (5) ; 5) se elimina cualquier tipo de desgravación.

Con estas características, el modelo de simulación (que en realidad permite innumerables variaciones, cambiando solamente el tipo único, o introduciendo tramos) llega a los siguientes resultados: 1) La reforma se autofinancia, es decir, que con el tipo único indicado y la reforma especificada, la RB no debería ser financiada por otros impuestos; 2) La redistribución de la renta que resulta es mucho más igualitaria (6) que en la situación de partida. 3) Aproximadamente, el 70% de la población con menos renta saldría beneficiada de la reforma, el 20% más rico perdería y un 10% quedaría indiferente.

Cabe subrayar que, cambiando la base de datos, este estudio de microsimulación es perfectamente aplicable a países con sistemas fiscales parecidos.

Este ejemplo no es exportable sin más a países con medios públicos modestos, como los latinoamericanos. No sólo por la escasez de recursos sino por la menor capacidad y eficacia fiscal y recaudatoria de sus respectivos gobiernos. Por eso en la Argentina, por ejemplo, los partidarios de la RB (7) proponen un programa de cumplimiento por etapas, empezando por los menores de edad.

Y por eso también, se piensa en la posibilidad –por mencionar sólo una— de financiar una RB para los países con menos recursos a partir de iniciativas internacionales como el establecimiento de un fondo público constituido a partir de la “tasa Tobin”. En iniciativas como ésta última, la fraternidad internacional entre los pueblos debería venir aquí activamente en socorro de la pericia técnica y del buen sentido económico de las medidas adoptadas.

Una propuesta para aumentar la libertad real de la ciudadanía, y para luchar contra los procesos neoliberales de desposesión

En 1997, los 500 ejecutivos más importantes –es decir, mejor remunerados—del mundo se reunieron en el Hotel Fairmont de San Francisco. Allí se acuñó por vez primera –hasta donde sabemos— el nombre de la sociedad hacia la que, según esa esclarecida elite transnacional, nos encaminamos a corto plazo: la “sociedad 20/80”, esto es, compuesta por un 20% de individuos imprescindibles para el funcionamiento de la maquinaria económica globalizada, y por lo tanto, dotados de trabajos estables, y un 80% restante ocupado, cuando lo esté, en trabajos precarios, inseguros, temporales, informales o irrelevantes, y siempre, azacaneados (8) . Esto es todo un programa político de “lucha de clases desde arriba”. William Buffet, una de las grandes fortunas del mundo, ha declarado redondamente en marzo de 2004, que “si se está librando una guerra de clases en América, mi clase lleva claramente las de ganar” (9) .

En ese programa, el 80% largo de la población mundial queda fuera de toda capacidad de control, directo o indirecto, político o vagamente social, de los resortes de decisión de la vida económica. Es un programa en ejecución, que conlleva la concentración del poder estratégico de decisión económica en una exigua cúspide, capaz de desafiar cada vez con más éxito a los estados y gobiernos democráticos. Y es, a la vez, un programa de dispersión y desarticulación, de desorganización, de las fuerzas sociales del trabajo operativo. Tiene, además, por corolario la exclusión de una masa creciente de desheredados sin esperanza, arrojados fuera del sistema. Ya hoy se puede calcular que cerca de 1.000 millones de personas están funcionalmente desconectados del sistema económico mundial, formal o informal: expropiados de sus modos ancestrales de subsistencia por un capitalismo neofinanciero depredador y privatizador, migrados a las ciudades miseria, y allí abandonados a su suerte, en los países del llamado tercer mundo. O, como en muchos países del llamado primer mundo, desposeídos crecientemente de los más o menos modestos derechos sociales y asistenciales que fueron el timbre de gloria del capitalismo reformado de la segunda postguerra. Aquel capitalismo productivista a ultranza, que atrajo a amplios estratos obreros y populares por su aparente capacidad para dar a las poblaciones trabajadoras bienestar y una especie de ius in re aliena en la vida económica industrial; que sedujo a muchos por su disposición a disciplinar regulatoriamente al capital financiero; y que pareció haber puesto fin al semillero de catástrofes que había sido desde el último tercio del XIX el capitalismo de casino tradicional, intentando una resuelta “eutanasia del rentista” (Keynes).

¿Qué puede esperarse, en un mundo así, de una propuesta modesta como es la de una RB? No mucho, si la RB es concebida solamente como un conjunto de medidas contra la pobreza. Menos aún, si es entendida como una dádiva para los desposeídos del primer mundo; o como un amortiguador de la crisis de los Estados de Bienestar europeos.
Pero la pobreza no es sólo privación y carencia material. Es también dependencia del arbitrio o la codicia de otros, quiebra de la autoestima, aislamiento y encapsulación social de quien la padece; alienación, como se decía antes.

Ahora bien; una buena RB aumentaría la libertad de la ciudadanía; haría a los pobres y a los desposeídos más independientes. Más independientes, y por lo mismo, más prontos también a organizarse. Más capaces de resistir a los procesos de desposesión y de forjar autónomamente las bases materiales de su existencia social: más capaces de librarse del cáncer desorganizador de los “punteros”, y en general, del parasitismo autoritario de los patronazgos; y más capaces, también materialmente, de fomentar el asociacionismo y el cooperativismo, de llevar a cabo iniciativas como las de la recuperación de fábricas y empresas abandonadas o echadas a perder por la incuria especulativa de sus propietarios. Más capaces de luchar contra las políticas neoliberales, promotoras de la polarizada desigualdad entre los países ricos y los países pobres, y dentro de cada país, entre los ricos y los pobres.

La RB tiene unos rasgos formales de laicidad, incondicionalidad y universalidad exactamente idénticos a los del sufragio universal democrático. Porque, igual que al voto, se tendría derecho a ella por el sólo hecho de existir como ciudadano –o residente acreditado—, independientemente del sexo o de la raza a los que se pertenezca, del nivel de ingresos que se tenga, o de la confesión religiosa que se profese.

La lucha por la república, la democracia y el sufragio universal fue el eje central del desarrollo del movimiento obrero socialista en el siglo XIX y primer tercio del XX. Fue una lucha en parte instrumental; se quería la democracia para otra cosa (el socialismo, la justicia redistributiva, la plena libertad económica de los que viven por sus manos, etc.). Pero fue mucho más que una lucha instrumental. A la universalidad y a la incondicionalidad del sufragio se les acabó asignando valor por sí mismas, convertidas en un punto innegociable de justicia y dignidad, fueran cualesquiera las consecuencias que los muy antidemocráticos liberales decimonónicos, partidarios acérrimos del sufragio censitario, vociferaran que traía consigo.

De la presente e incipiente lucha por una RB tal vez se diga lo mismo en el futuro. Tiene, desde luego, un lado instrumental, se quiere para acabar con la pobreza, para poner freno y coto a las políticas neoliberales desposeedoras y esquilmadoras, para evitar que el grueso de la población mundial tenga que pedir diariamente permiso a otros para poder subsistir, etc. Pero ¿quién quita que no se convierta en algo más, y que la exigencia de una RB cristalice en los movimientos sociales y en la opinión pública democrática como un punto innegociable de justicia y dignidad, con valor por sí mismo, fueren cualesquiera las consecuencias que los muy antidemocráticos neoliberales del siglo XXI, acérrimos partidarios del paraíso de necios de una sociedad neocensitaria 20/80, vociferen que trae consigo?

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NOTAS

1 Una reciente muestra de esto último sería la cantidad y calidad de ponencias presentadas en el X Congreso de la Basic Income European Network (ahora ya Basic Income Earth Network) realizado en Barcelona en septiembre de 2004. Pueden obtenerse en www.basicincome.org

2 Así, por ejemplo, “Ingreso Ciudadano” (la forma que ha sido adoptada por los autores que en Argentina han trabajado esta propuesta social, como es principalmente el caso de R. Lo Vuolo y A. Barbeito, el Centro Interdisciplinario para la Investigación de Políticas Públicas –CIEPP-, pero también por la Central de Trabajadores Argentinos, CTA), “Subsidio Universal Garantizado”, “Ingreso Mínimo”, entre otros

3 Para un mayor detalle véase www.nodo50.org/redrentabasica/textos/index.php?x=331, en donde se expone casi la totalidad de este estudio realizado por J. Arcarons, À. Boso, J. A. Noguera y D. Raventós.

4 Es decir, de unos 7.000 y 3.500 dólares, respectivamente, al cambio de principios de 2005. Evidentemente se trata de unas cantidades que no tienen que ser las mismas según el país. Así como para Alemania resultarían pequeñas, para Argentina resultarían altísimas y para Ecuador, por último ejemplo, exorbitantes. Para que el lector latinoamericano se haga una idea, el umbral de pobreza para una familia-tipo del Reino de España –dos adultos, dos menores— es de unos 9.000 euros al año. Con una RB como la propuesta, esa familia tendría unos ingresos anuales, solamente por este concepto, de más de 16.200 euros.

5 Efectivamente, si calculamos el tipo efectivo (el porcentaje que realmente se paga después de haberle transferido la RB) por decilas de renta (es decir, ordenando a la población según renta y dividiéndola en 10 partes iguales), resulta que del 10% al 50% de la población, la mitad más pobre, tiene un tipo negativo (del -269% al -4,70%). En el último tramo, el que agrupa al 10% más rico, el tipo efectivo resultante es del 45%.

6 Los índices de Gini y de Kakwani así lo muestran

7 Buena parte de los cuales están agrupados en la Red Argentina de Ingreso Ciudadano, una de las 11 secciones oficiales que la Basic Income Earth Network tiene en 3 continentes.

8 A. Domènech, La Renta Básica y las amenazas actuales a la democracia. Ponencia presentada en el X Congreso de la Basic Income European Network (Barcelona, septiembre-2004).

9 Citado en La Renta Básica y las amenazas...

María Julia Bertomeu es filósofa por la Universidad Nacional de La Plata. Profesora titular ordinaria de Ética de la Universidad Nacional de La Plata e Investigadora del Conicet, Argentina. Antoni Domènech es filósofo y catedrático de Filosofía Moral en la Facultad de Económicas de la Universidad de Barcelona; autor de El eclipse de la fraternidad (Barcelona, Crítica, 2004). Daniel Raventós es economista y profesor titular de Sociología de la misma facultad y universidad, y presidente de la Red Renta Básica (www.redrentabasica.org); autor de El derecho a la existencia (Barcelona, Ariel, 1999).

Fuente:
<i>El Dipló</i> (Le Monde Diplomatique, edición Cono Sur). núm. 73, julio 2005. Y Le Monde Diplomatique</i> edición chilena, núm. 54, julio 2005.

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