La ‘sorpresa de octubre’ catalana antes de las elecciones del 10 de noviembre

Àngel Ferrero

Daniel Escribano

10/10/2019

Calma tensa en Catalunya. A la espera de la sentencia sobre los hechos del Procés, se le suman las detenciones de nueve militantes de los CDR y los movimientos en clave electoral de las CUP.

Bajo Cataluña, un volcán político. ¿Entrará en erupción? ¿Permanecerá dormido? ¿Han adoptado las autoridades precauciones? El país ha vivido estas últimas semanas una situación de “calma tensa”, en palabras de Daniel Raventós. A determinados medios de comunicación les ha costado ocultar estos últimos meses su júbilo ante el cansancio de una parte del independentismo y frustración hacia sus partidos políticos, guardándose de mencionar, eso sí, la represión ejercida en su contra. Así, hicieron hincapié en la menor asistencia a la manifestación del pasado 11-S, aunque ello suponga, como señalaba Raventós, “aceptar que el año pasado fue de un millón, cantidad muy reacia a ser reconocida por la misma prensa en su momento”, del mismo modo que movilizar a “600.000 personas en una situación nada eufórica como era la de años anteriores no es una cantidad que se pueda despreciar”.

La idea viene reforzada por el cambio de orientación de señalados columnistas y profesionales de la tertulia, sin recordar que el mismo oportunismo que les llevó a subirse al carro del independentismo les ha hecho bajar de él, y que, de girarse las tornas, intentarán regresar a éste, pisando las cabezas que haga falta y pidiendo un asiento en primera. 

Represión “preventiva”

Septiembre terminó con la detención de nueve miembros de los CDR (Comité de Defensa de la República). Según los fragmentos que se han filtrado a determinados medios de un sumario declarado secreto, los acusados formarían parte de unos supuestos Equipos de Respuesta Táctica (ERT) que, aunque no conste que se les ha incautado armamento de ningún tipo, tendrían como objetivo realizar actos de sabotaje durante el mes de octubre, en protesta por la sentencia del Tribunal Supremo (TS) en la causa especial del procés, de la que, habida cuenta de las numerosas irregularidades del juicio y el mantenimiento de la prisión provisional para los encarcelados, las únicas dudas son los tipos penales por los que será condenado cada procesado y la naturaleza de las penas.

También se da por hecho que la sentencia se dictará antes del 14 de octubre, fecha en que se celebrará la vista en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre la cuestión prejudicial planteada por el propio TS español, a instancias de la defensa de Oriol Junqueras, en torno al momento de la inmunidad de los miembros electos del Parlamento Europeo y de si ésta es aplicable a Junqueras, elegido eurodiputado por la candidatura Ahora Repúblicas en las elecciones del pasado 26 de mayo. Al haber sentencia antes de la celebración de la vista en el TJUE, el Supremo retiraría la cuestión prejudicial planteada, arguyendo que ha decaído su objeto, toda vez que ya existiría una sentencia condenatoria firme que implica inhabilitación para el ejercicio de cargo público. Con todo, el recorrido que esa maniobra pueda tener en la justicia europea está por ver.

La operación contra los activistas de los CDR, en general, se ha entendido como una “señal de aviso” a futuras movilizaciones, pero, sobre todo, como un intento de vincular independentismo catalán a violencia, por cuanto el carácter pacífico de éste es lo que más deslegitima en el ámbito internacional la represión del Estado español. La “Operación Judas” también se ha interpretado como un primer paso para facilitar la extradición, con el cargo de “terrorismo”, de Carles Puigdemont. En una entrevista con Nació Digital, David Budria, uno de los detenidos, ha negado cualquier contacto con Puigdemont o con el actual presidente de la Generalitat, Quim Torra, como habían informado algunos medios de comunicación.

Sin embargo, esta maniobra, como se ha señalado reiteradamente desde el equipo de defensa del president, carece de toda viabilidad jurídica, por cuanto, para que una orden europea de detención y entrega entre Estados miembros de la UE prospere, no basta con que el nombre del tipo penal que un Estado miembro imputa a la persona cuya extradición solicita coincida con alguno de los de la lista de delitos no sometidos al control de doble tipificación establecida en la Decisión Marco del Consejo de Europa relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros, sino que es también necesario que los hechos que el Estado solicitante considera constitutivos del tipo lo sean también en la legislación del Estado receptor de la petición.

Y, a este respecto, la Administración de justicia española puede calificar la convocatoria y organización de referenda, la realización de debates parlamentarios o la votación de declaraciones o resoluciones en asambleas legislativas con los nombres de “rebelión” o “terrorismo”, pero mientras esos hechos no sean tipificados como delito en las legislaciones de los Estados requeridos, no habrá extradición basada en esos tipos penales, estén en la lista de la Decisión Marco o no.

Sin embargo, las delirantes acusaciones contra los detenidos de los CDR han servido de munición al flanco derecho del unionismo en Cataluña contra el PSC, con el pretexto de la moción de censura presentada en el Parlament por Ciutadans contra Quim Torra arguyendo la “connivencia” de su gobierno con los “terroristas”. Y es que, si bien el bloque unionista no sumaba los 68 diputados necesarios para que prosperara la moción, por lo que su fracaso era sabido de antemano, la negativa del PSC a apoyarla ha servido a Ciutadans para agitar el espantajo de “complicidad” del PSC con el independentismo.

Horizonte 10-N

En EE UU, donde las elecciones presidenciales se celebran, como es sabido, el primer martes tras el 1 de noviembre, se da el nombre de “sorpresa de octubre” a un acontecimiento —accidental o creado ad hoc por la maquinaria política de uno de los partidos— capaz de influir en el resultado de los comicios. En Cataluña y el conjunto del Reino de España, a medida que se acerca la fecha de la publicación de la sentencia, el termómetro político ha ido subiendo grados.

Pedro Sánchez, tras abandonar toda retórica pretendidamente “federalista” y exigir al independentismo que “condene” una “violencia” que, en Cataluña, sólo ha procedido de los poderes centrales del Estado, ya ha declarado que su gobierno en funciones está dispuesto a aplicar, él también, el artículo 155 de la Constitución o la Ley de Seguridad Nacional. Lo anunció el 29 de septiembre en la Fiesta de la Rosa en Gavà y lo reiteró en los días siguientes.

Que las Cortes que —según la letra de las normas a que apela— deberían autorizar dicha aplicación estén disueltas poco parece importar al Gobierno del Estado, puesto que parece contar con que el Tribunal Constitucional desestimará cualquier recurso que se interponga contra esas medidas, como ya ha ocurrido con el presentado contra la disolución del Parlament y la usurpación del Gobierno de la Generalitat por parte del Gobierno de Mariano Rajoy, medidas no previstas en el artículo 155 y cuya inclusión en el precepto fue explícitamente rechazada durante el debate constituyente.

La retórica de Sánchez del “primero ley y luego diálogo” —primero era de “ley y diálogo”, pero, en cuestión de un día, el candidato “socialista” endureció su discurso— tiene otro fin que no escapará a ningún observador atento: tender puentes hacia Ciudadanos para facilitar una coalición socio-liberal, del gusto de la propia cúpula “socialista” y, huelga decirlo, de los intereses económicos españoles y europeos.

“No queremos humo ni simbolismo vacío”, advirtió el 6 de octubre en una entrevista con Europa Press desde la prisión el presidente de ERC, Oriol Junqueras. “Queremos ganar de manera definitiva.” Según Junqueras, su partido “solo dará apoyo a aquellas propuestas que nos ayuden a avanzar de verdad hacia la república”. No obstante, dichas proclamas se compadecen mal con determinadas declaraciones de alguno de sus representantes en el Congreso en que insinuaba la disposición de su grupo parlamentario a permitir la investidura de Pedro Sánchez —mediante una abstención, en caso de que el PSOE llegara a un acuerdo de investidura con Unidas Podemos—. Sobre todo porque dicha predisposición no iba acompañada de contrapartida alguna más allá de evitar el retorno de la derecha al poder.

El presidente de ERC también manifestó su preferencia por un gobierno de concentración tras la sentencia que incluyera a Catalunya En Comú Podem y la Candidatura d’Unitat Popular (CUP), si bien no precisó cuáles deberían ser las tareas de dicho gobierno “de concentración” y las propias fuerzas interpeladas no parecen estar dispuestas a entrar en éste.

En las elecciones del 10-N en Cataluña habrá una novedad: la CUP se presentará, por primera vez, a unas elecciones a las Cortes españolas. Oficialmente, se alega como motivo el “actual momento de excepcionalidad”, pero es difícil ver actualmente mayor “excepcionalidad” que el 28 de abril. En realidad, las causas de fondo más parecen apuntar a la constatación del principio de que, en política, el espacio o lo ocupas o te lo ocupan. Dicho principio se ha podido apreciar en que las llamadas de la CUP a la abstención en las elecciones a las Cortes españolas sólo hayan tenían como consecuencia el traslado de la mayoría de sus votantes a otras formaciones independentistas o de izquierda —fenómeno que el republicanismo norirlandés, con mayor finura estratégica, combatía presentándose a los comicios pero negándose a ocupar los escaños obtenidos en el Parlamento de Westminster— y ni siquiera eran atendidas por importantes exdirigentes de la propia organización.

Tampoco parece ajena a la decisión de la organización la emergencia, en las elecciones del 28 de abril, de una candidatura independentista que se ubicaba a la izquierda de ERC (el Front Republicà) y que, con el 2,74% de los votos, estuvo a punto de obtener representación. Por otra parte, la concurrencia de la izquierda independentista a las elecciones a las Cortes españolas podría contribuir a visibilizar la trabazón entre construcción de la República catalana y el hundimiento del régimen de la monarquía reinstaurada o, dicho de otro modo, entre independencia catalana y República española, al tiempo que permitiría mostrar la solidaridad de la izquierda independentista catalana con las clases populares del resto de naciones del Estado.

Con todo, huelga decir que el proceso no ha estado exento de polémica y que la decisión ha sido criticada desde las propias filas de la izquierda independentista. Sin embargo, más que en ideologismos sobre marcos que no gustan —y a los que, por ejemplo, es inmune la extrema derecha euroescéptica en las elecciones al Parlamento Europeo—, el debate de fondo en la CUP se ubica sobre todo en la priorización de la línea institucional por encima del impulso de los movimientos sociales, y que le llevó a decisiones mucho más cuestionables como permitir la aprobación, en 2017, de unos presupuestos que no revertían los recortes sociales aplicados desde 2010 ni se acompañaban de una reforma fiscal progresiva, y que tuvo como única contrapartida la convocatoria de un referéndum para cuya realización, como han apuntado en el juicio del procés las defensas de los acusados, finalmente no se destinaron recursos públicos. 

Y con el agravante de que esa decisión se tomó evitando el pronunciamiento de la Asamblea Nacional de la organización, ante el convencimiento del Secretariado Nacional de que la Asamblea se habría pronunciado en sentido opuesto, toda vez que este órgano, en 2016, había declarado roto el acuerdo que permitió la investidura de Carles Puigdemont, si éste se entendía como incompatible con una política de oposición al govern, precisamente porque el objetivo estratégico de la organización era aumentar la base social del independentismo por la izquierda, imposible con el apoyo a un gobierno neoliberal.

En cualquier caso, una vez que la CUP —originariamente, un conjunto de candidaturas independientes de ámbito estrictamente municipal— dio el salto a la política autonómica, el que éste se produjera también a las Cortes españolas tenía más que ver con las posibilidades de éxito de la candidatura —por lo que, en las Illes Balears y el País Valenciano, mantiene su política de no presentar candidatura— que con otra cosa. En este proceso de acentuación de la dimensión institucional de la organización hay que destacar también la supresión de la prohibición de repetición de candidatos durante legislaturas que duren más de dos años, uno de los instrumentos que había protegido a la organización de los hiperliderazgos y personalismos inherentes a las formas actuales de hacer política.

La respuesta a la sentencia

El gran tema en la coyuntura política catalana actual es la respuesta política y social a la sentencia del Supremo en la causa del procés. Por una parte, está en marcha la campaña Tsunami Democràtic, que cuenta con 60.000 seguidores en su canal de Telegram y 53.000 en Twitter en el momento de escribir estas líneas.

La página web fue registrada en julio en el Estado caribeño de Saint Kitts and Nevis, donde también se registraron otras páginas webs del movimiento independentista en el pasado, para evitar su intervención por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, como ocurrió durante el referéndum del uno de octubre. Esta iniciativa, de la que se desconocen organizadores y portavoces aunque cuenta con el apoyo de todos los partidos políticos independentistas, organizaciones de la sociedad civil como la Assemblea Nacional Catalana (ANC), Òmnium Cultural y los CDR, ha pedido a sus seguidores que se preparen para un ciclo de movilizaciones que se prevé largo.

“¿Cuánto durará Tsunami Democràtic?” “Ni una semana ni tres meses, durará lo que haga falta para alcanzar los objetivos”, se aseguraba en un mensaje en Telegram. En este sentido, según Tsunami Democràtic, “la respuesta que se ha organizado pretende generar una situación de crisis generalizada en el Estado español que se prolongará en el tiempo”. Se habla de cortes de carreteras, marchas lentas, manifestaciones y hasta de ocupaciones de edificios públicos. Siempre, subrayan, desde la desobediencia civil y la no violencia. Si la respuesta a la llamada estará al mismo nivel que en ocasiones anteriores es, por ahora, una incógnita, como también lo es, de producirse este escenario, la respuesta exacta de la Unión Europea ante un bloqueo, aunque sea limitado en el tiempo, de una parte de la economía española.

Los Mossos d’Esquadra ya han activado el dispositivo Minerva, por el cual todos los agentes de la Brigada Móvil (antidisturbios) pasan a estar disponibles. Según informaba El País, la policía autonómica “cree que puede acusar el desgaste y la falta de recursos si las protestas se eternizan” y se enfrenta al problema de que los cortes de carretera “se reproduzcan por todo el territorio y de forma sostenida en el tiempo”, desbordándola y obligándole a solicitar el apoyo de la Policía Nacional y la Guardia Civil. La situación pone contra las cuerdas al cuerpo de policía, cuya actuación en el 1-O fue criticada por quienes se opusieron a la consulta, y por los independentistas en los días posteriores al referéndum, en particular tras la aplicación del 155.

La ANC y Òmnium, por su parte, han convocado cinco marchas de cien kilómetros en los tres días posteriores a la publicación de la sentencia. Las marchas confluirán en Barcelona, de manera similar a la organización de la pasada Diada, celebrada bajo el lema ‘Objetivo: independencia’.

Por otra parte, en una rueda de prensa en Bruselas, Puigdemont, quien meses atrás defendió junto a Torra la estrategia de un enfrentamiento democrático con el Estado, adelantó que, cuando se publique la sentencia, el Consell per la República —una institución hasta la fecha adormecida— convocaría la Asamblea de Cargos Electos para decidir qué medidas adoptar. Esta Asamblea está formada por todos los cargos electos (concejales, diputados y eurodiputados) de Cataluña que se adhieran a los principios del Consell per la República.

Mención especial merece la cuestión del indulto o la amnistía. Decía Marx que, si los grandes hechos y personas de la historia mundial suceden dos veces, la primera lo hacen como tragedia y la segunda, como farsa. Y es sabido que una de las grandes y más emblemáticas reivindicaciones del antifranquismo fue la amnistía para las personas represaliadas por el régimen (un concepto, por cierto, de alcance variable, en función de quién lo empleara, y que no se agotaba en la excarcelación de los presos políticos y el sobreseimiento de los juicios políticos en curso). Probablemente con este precedente en mente, el entonces presidente de Catalunya en Comú, el historiador Xavier Domènech, ya propuso la fórmula de la amnistía al poco de producirse los primeros encarcelamientos en el marco de la causa por el procés. Recientemente han recuperado la idea ERC y la CUP.

No obstante, nos tememos que dichas propuestas parten de una comprensión inexacta del concepto de amnistía, que, en rigor, es una institución jurídica que se aplica, fundamentalmente, para la extinción de la responsabilidad penal por delitos políticos y que se enmarca en procesos de cambio político. Por ello, es inexacto afirmar que “la amnistía declara que no hubo delito”; antes bien, la amnistía presupone la existencia de delito, si bien el proceso de cambio político en que se inscribe hace que los hechos amnistiados (a) hayan dejado de ser delito (que la participación u organización de manifestaciones, huelgas o reuniones ya no sean constitutivas de ningún tipo penal) o que, (b) aun si lo continúan siendo, el contexto de conflicto político en que se produjeron justifique que, excepcionalmente, no sean penalizados (en este supuesto entrarían los hechos de intención política que implican violencia).

Si, en el marco del procés, hubiera habido algo remotamente semejante a una rebelión (levantamiento de partidas armadas o uso como tales de los Mossos d’Esquadra para defender la República declarada el 27 de octubre de 2017, enfrentamientos armados con las fuerzas de seguridad del Estado o el Ejército, etc.), tendría sentido plantear la amnistía. Ése fue el caso, por ejemplo, de la minirrebelión del 6 de octubre de 1934, cuyos responsables fueron amnistiados tras la victoria del Frente Popular (Decreto-ley de 21 de febrero de 1936).

Sin embargo, como ya se ha apuntado, los hechos del procés no son constitutivos de ningún delito, político ni de ningún otro tipo, sino simple ejercicio de derechos fundamentales (participación política, manifestación pacífica, etc.), tanto ahora como en el momento en que se realizaron. Por lo demás, actualmente tampoco se da el contexto de cambio político y de resolución del conflicto que está en la base de las amnistías (y no olvidemos que, a diferencia del indulto, la amnistía es una medida que debe aprobar el poder legislativo). De modo que, más que reclamar amnistías por delitos inexistentes, lo que procede es denunciar que las acusaciones, construidas sobre el relato fantasioso de una violencia que sólo existe en la mente de los narradores, vulneran el principio de legalidad penal.

Por otra parte, si jurídicamente es inexacto el concepto de amnistía como fórmula para la liberación de los presos del procés y el sobreseimiento de todas las causas relacionadas, más lo es el indulto, propuesto por el primer secretario del PSC, Miquel Iceta, e inmediatamente desautorizado por el PSOE, por cuanto es una simple gracia concedida por el jefe del Estado o el Gobierno, que no anula la condena, ni siquiera extingue siempre la totalidad de la pena ni reconoce la legitimidad de las acciones a que se aplica. En cualquier caso, viendo el doble juego con que los líderes de los partidos soberanistas han conducido el procés, nos viene a la memoria el aforismo del revolucionario francés Louis Antoine de Saint-Just: “quienes hacen revoluciones a medias, no hacen más que cavar una tumba”.

Periodista, es miembro del comité de redacción de Sin Permiso.
es traductor y autor del libro "El conflicte lingüístic a les illes Balears durant la Segona República (1931-1936)" (Lleonard Muntaner Editor, 2017). Ha editado y traducido la obra "Pomes perdudes. Antologia de la narrativa basca moderna" (Tigre de Paper, 2014) y, junto con Àngel Ferrero, la antología de James Connolly "La causa obrera es la causa de Irlanda. La causa de Irlanda es la causa obrera. Textos sobre socialismo y liberación nacional" (Txalaparta, 2014).
Fuente:
https://www.elsaltodiario.com/cataluna/sorpresa-octubre-catalana-10-noviembre

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